top of page

Convocatoria de becas dirigida a los estudiantes de la Red de Escuelas de Música de la Federación de

El objetivo de estas becas es fomentar el estudio de la música como una forma de contribuir al desarrollo de esta actividad cultural que cuenta con una larga tradición en la Comunidad Valenciana. Por ello, nada mejor que hacerlo prestando apoyo a sus futuros músicos.

Bases

1.- Dotación económica de la convocatoria

Esta convocatoria de becas cuenta con una dotación de 300.000,00 € para el Curso Académico 2016-2017.

2.- Beneficiarios

Podrán optar a esta convocatoria de becas todo el alumnado de la Red de Escuelas de Música de la FSMCV* matriculado para el curso 2016-2017 en el momento de cursar la solicitud, según lo establecido en estas bases. Las becas serán solicitadas por el/la alumno/a matriculado en los estudios musicales.

En el caso de ser menores de edad, la persona Solicitante será igualmente el/la alumno/a beneficiario de la ayuda, requiriéndose en este caso la documentación del padre/madre, tutor/a a los efectos legales oportunos.

Únicamente se podrá solicitar una beca por persona.

* Red de Escuelas de Música de la FSMCV: Escuelas de Música y de Educandos que acrediten vinculación a las Sociedades Musicales Federadas de la Comunitat Valenciana.

3.- Cumplimentación y Presentación de la Solicitud

La cumplimentación y presentación de la solicitud se realizará única y exclusivamente por medio de la plataforma informática habilitada para este fin y a la que se puede acceder desde los portales,www.bankiaescoltavalencia.es, o www.fsmcv.org.

No se aceptará ningún otro tipo de documentación por otro medio escrito o digital excepto aquel que pueda ser requerido por la misma FSMCV.

Para ello se tendrán que facilitar los siguientes datos y documentación:

3.1- Por parte del Solicitante: Datos:

a) NIF del solicitante. Imprescindible en todo caso para cursar la solicitud. b) Datos personales del Solicitante y del Representante legal si el Solicitante es menor de edad. c) Datos de la unidad familiar. d) Sociedad Musical Federada vinculada con la Escuela de Música en la que el solicitante está matriculado para el curso 2016-2017 en la fecha de la solicitud de Beca. e) Información económica: Datos solicitados de la declaración de renta de los miembros de la unidad familiar con obligación de realizarla.

Documentación: Además, los Solicitantes tendrán que adjuntar los siguientes documentos escaneados a la plataforma digital.

a) NIF Solicitante. En caso de no disponer de él en el momento de la inscripción se remitirá en el momento de obtenerlo, siendo indispensable este punto para la aceptación de la solicitud. b) NIF Representante legal en el caso de que el Solicitante sea menor de edad y de todos los miembros de la unidad familiar. c) Certificado de empadronamiento del solicitante, en el caso de residir en una localidad diferente de la que se reciben las clases. d) Hoja de la Declaración de la Renta de todos los miembros de la unidad familiar con obligación a realizarla, en la que aparezcan las casillas 380 y 395. e) Anexo I: Composición y Declaración Responsable de la unidad familiar con los ingresos de todos los miembros de la misma sin obligación de realizar la declaración de la renta, debidamente firmada por todos los miembros mayores de 14 años. f) Certificado de Familia Numerosa, o Monoparental si procede. g) Certificado de discapacidad del Solicitante, si procede. h) Certificado de Bankia en el que se justifique que el solicitante o responsable legal son titulares de una cuenta abierta en la misma, en su caso, a los efectos del punto 4, apartado c de estas bases. i) Anexo II: Documento de Aceptación de la Beca, en su momento y si procede, sellado en la oficina de Bankia en la que se encuentre la cuenta corriente en la que se ingresará la beca en su caso.

3.2.- Por parte del Gestor de la Escuela de Música:

a) Relación de asignaturas en las que se ha matriculado el solicitante para el curso 2016-17. b) Coste mensual de las asignaturas en las que se ha matriculado el alumno/a y el número de meses de duración del curso. c) Valoración académica del alumno/a, a criterio de la Escuela de Música, de 0 a 5 puntos.

4.- Criterios de adjudicación

Las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva atendiendo a la suma de las puntuaciones obtenidas en aplicación de los siguientes criterios:

a) Criterios de matriculación, hasta un máximo de 20 puntos, distribuidos de la siguiente forma:

  1. a. 5 puntos por estar matriculado en más de un instrumento. b. De 0 a 5 puntos valoración académica. A valorar por parte de la Escuela. c. 5 puntos por tener un segundo miembro de la unidad familiar estudiando en la misma escuela de música que el solicitante. d. 5 puntos por tener un tercer miembro de la unidad familiar estudiando en la misma escuela de música que el solicitante.

b) Criterios económicos relativos a la unidad familiar del Solicitante, para los cuales computará la totalidad de los ingresos obtenidos por todos los miembros computables de la familia.

Hasta un máximo de 50 puntos valorados a partir del siguiente razonamiento:

El baremo de puntuación para los criterios económicos se calculará de la siguiente forma:

En primer lugar, se obtendrá la suma de:

  • Ingresos de los miembros computables de la familia que hayan presentado declaración de renta 2015 (casilla 380 de base imponible general más casilla 395 de base imponible del ahorro)

  • Ingresos obtenidos en 2015 por el resto de miembros computables de la familia que no hayan presentado declaración de renta.

Este importe se multiplicará por el coeficiente de equivalencia que corresponda de la siguiente tabla, en función del número de miembros computables de la familia, dando como resultado unos ingresos equivalentes:

Nº miembros unidad familiarCoeficientes de equivalencia

11

20,59

30,43

40,36

50,33

60,30

70,28

8 o más0,26

Con estos ingresos equivalentes, la asignación de puntos será como sigue:

  • Si los ingresos equivalentes son iguales a 0,00 €, se obtendrán 50 puntos.

  • Si los ingresos equivalentes son mayores a 0,00 € y menores a 2,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional (22.932,00 €), la puntuación se determinará en función de la siguiente fórmula:

  • Si los ingresos equivalentes son mayores a 22.932,00 €, se obtendrán 0 puntos.

c) Criterios relacionados con la relación de la persona Solicitante o su representante legal con Bankia. 5 puntos que serán otorgados por Bankia siempre que el solicitante o su representante legal sea titular de una cuenta en Bankia en el momento de cursar la solicitud, para lo cual se adjuntará en la plataforma informática un certificado emitido por la entidad.

d) Criterios discrecionales estimados por la Comisión de estudio de las becas. Hasta un máximo de 5 puntos.

e) Criterios de situación del solicitante. Hasta un máximo de 20 puntos, distribuidos de la siguiente forma:

  1. a. 5 puntos por desplazarse el Solicitante al centro educativo que esté situado en una localidad distinta de la de residencia. b. 7,5 puntos por tener el Solicitante algún tipo de discapacidad. c. 7,5 puntos por pertenecer el Solicitante a una familia numerosa.

Nota para los criterios económicos: Para el cálculo de la totalidad de los ingresos obtenidos a efectos de concesión de las becas, serán miembros computables de la familia: el padre y la madre, o tutor/a en su caso, los hijos solteros que hayan convivido en el domicilio familiar durante el ejercicio 2015, así como los ascendientes de los padres que justifiquen su residencia en el mismo domicilio que los anteriores con el certificado municipal correspondiente.

En el caso de divorcio, separación legal o de hecho de los padres, no se considerará miembro computable aquel de ellos que no conviva habitualmente con el Solicitante de la beca. Tendrá, no obstante, la consideración de miembro computable, en su caso, el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación cuyas rentas y patrimonio se incluirán dentro del cómputo de la renta y patrimonio familiares.

5.- Obligaciones de las Escuelas de Música donde estén matriculados los Solicitantes

a) Introducir la información correspondiente al Solicitante en la plataforma informática

b) Informar a la FSMCV en el caso de que la persona beneficiaria de una ayuda abandone los estudios en la Escuela de Música o bien modifique su matriculación a lo largo del curso. (ver Punto 9)

c) Aportar cuanta información o apoyo se requiera desde la FSMCV para la correcta gestión de la solicitud

d) Colaborar con Bankia para la organización de actividades y acciones de difusión y comunicación de este programa.

6.- Importe individual de la ayuda

Las becas supondrán para cada alumno/a como máximo el 90% del total abonado por la matrícula y las asignaturas de las que esté matriculado/a para el curso 2016/2017, con un límite de 500,00 euros por persona y beca.

Así mismo, se confeccionará una lista de espera, para que, en el caso de producirse bajas entre los Solicitantes Becados, puedan ser sustituidos por otros Solicitantes previamente no Becados.

7.- Obligaciones de los beneficiarios

Una vez recibida por correo electrónico la resolución de la concesión, los/as becarios/as deberán:

a) Aceptar la beca y comprometerse por escrito a participar en todas las actividades programadas durante el curso por la Escuela de Música y la Sociedad Musical de la que dependen y para las que sean requeridos.

b) Disponer de una cuenta de Bankia para recibir la beca concedida.

c) Cumplimentar y adjuntar el documento de aceptación de la misma con el número de cuenta corriente de Bankia en el que se le tendrá que abonar el importe de la Beca, (Anexo II)

d) Realizar los estudios para los que se solicitó la beca.

e) Participar y colaborar en aquellos actos y eventos que se organicen desde Bankia S.A. y la FSMCV para la difusión y comunicación de este programa

El incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones conllevará la pérdida de la beca otorgada.

8.- Plazos de presentación, resolución y aceptación

El plazo de la introducción de las solicitudes por parte de los Solicitantes, se cerrará el día 25 de noviembre de 2016 a las 23,59 h.

El plazo de la cumplimentación de la información de los Solicitantes por parte de los gestores de las solicitudes en las Escuelas de Música se cerrará el 2 de diciembre de 2016 a las 23,59 h.

La Resolución Provisional se publicará como máximo el 20 de enero de 2017, otorgándose un plazo de 10 días hábiles para posibles reclamaciones, que deberán ser convenientemente fundamentadas y justificadas.

La resolución definitiva tendrá lugar como máximo el 10 de febrero de 2017.

Las Resoluciones se comprobarán en la misma plataforma digital en la que se han introducido las solicitudes y a la que se podrá acceder desde los portales www.bankiaescoltavalencia.es y www.fsmcv.org.

Adicionalmente, se comunicará por correo electrónico a los Solicitantes de las becas que hayan resultado beneficiarios de la misma.

El plazo para la comunicación de la aceptación de las becas concedidas adjuntando en la plataforma el documento de aceptación, (Anexo II) que previamente se habrá cumplimentado en la oficina de Bankia en la que se tenga el número de cuenta en el que se ingresarán los abonos de la beca, se cerrará el 10 de marzo de 2017 a las 23:59 h. El Anexo II estará disponible en la plataforma informática para los solicitantes que hayan sido becados una vez se publique la resolución definitiva.

9.- Pago de las becas

El importe de la beca será transferido a la cuenta de Bankia que la persona Solicitante haya indicado en el documento de aceptación de la beca, Anexo II, en varios pagos fraccionados. Estos pagos se realizarán de acuerdo a unaperiodicidad que establecerá la Comisión de Estudio de las Becas.

El incumplimiento por parte del beneficiario de la beca, de cualquiera de las obligaciones recogidas en las presentes bases conllevará la pérdida de la beca otorgada así como la suspensión automática del abono periódico de la misma.

Del mismo modo la modificación de la matrícula podrá conllevar la revisión y modificación de la cuantía a percibir de acuerdo a las nuevas condiciones.

Sobre los importes concedidos se aplicará la retención fiscal que indique la normativa vigente, actualmente considerando el periodo de duración y la cuantía de la beca la retención aplicable será del 2%.

10.- Comisión de estudio de las becas y atención a otras circunstancias de esta convocatoria

Se formará una Comisión de estudio integrada por Bankia, Culturarts Generalitat y la FSMCV, que será la encargada de aprobar, en su caso, la propuesta de resolución de las becas que realice la FSMCV y de la distribución de su importe.

A esta Comisión le corresponde también elaborar una evaluación final del desarrollo de la convocatoria y de las incidencias planteadas, al objeto de proponer cuantas acciones de mejora procedan.

11.- Protección de Datos

Los datos que se aporten por los participantes (incluidos los correspondientes a la unidad familiar) serán incorporados, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal a los ficheros automatizados titularidad de la Federación de Sociedades Musicales de la Comunidad Valenciana (FSMCV), con domicilio social en calle Sorní Nº 22-1ª, 46004 Valencia, CIF G46152120, con la única finalidad de cumplir con el desarrollo del objeto recogido en las presentes bases.

La FSMCV únicamente tiene previstas cesiones de los datos de carácter personal en los supuestos en los que dichas cesiones sean impuestas por Ley, así como la cesión a la Escuela de Música/Sociedad Musical a la que pertenece el solicitante de los datos del solicitante, de acuerdo con lo que se indique en el correspondiente formulario y ello con la finalidad de coordinar y gestionar el proceso para la concesión de las becas, de acuerdo a los puntos 3.2 y 5 de las presentes bases. Igualmente se autoriza, de acuerdo con lo establecido en las bases de la convocatoria a que la Sociedad Musical a la que pertenece ceda sus datos académicos a la FSMCV.

De acuerdo con las presentes bases se deberán aportar datos de la unidad familiar, es por ello por lo que el documento creado al efecto, y que se facilitará a lo largo del proceso de solicitud deberá estar suscrito por todos los miembros de la mencionada unidad familiar, debiéndose tener en cuenta que por los menores de catorce años deberán firmar los padres o tutores legales y para el caso del resto por los propios interesados titulares de los datos.

Asimismo es posible que igualmente a lo largo del proceso y como consecuencia de tener una discapacidad superior al 30 % se aporte el correspondiente Certificado Médico acreditativo de la misma, por lo que hay que tener presente que el envío del mismo supondrá que se presta consentimiento expreso para utilizar dichos datos a los únicos efecto de baremación.

El interesado en todo caso podrá revocar en cualquier momento el consentimiento prestado para la participación en el presente programa, así como ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, dirigiendo su solicitud, por escrito y acreditando su identidad, a la dirección de correo electrónico fsmcv@fsmcv.org o a la dirección postal, calle Sorní, 22-1º, 46004 de Valencia.

12.- Aceptación de las Bases

La interpretación última de las presentes bases corresponde a la Comisión de Seguimiento del convenio de colaboración suscrito el 4 de agosto de 2016. Las personas participantes, con la cumplimentación de su solicitud, aceptan y reconocen la validez de las mismas así como la potestad de dicha Comisión para resolver cualquier incidencia relacionada con esta convocatoria.

Documentación en PDF:


 
Posts destacados
Posts Recientes
Archivo
Síguenos
  • YouTube Classic
  • Facebook Basic Square
  • Facebook negro redondo
  • Twitter Classic
  • Icono de la aplicación SoundCloud
  • facebook-square
  • YouTube básica Negro
  • Facebook Black Round
  • Twitter Square
  • SoundCloud Black Square
  • Instagram

© 2017 by Sociedad Musical La Lira . Todos los derechos reservados.

bottom of page